Cuerpo pide «prudencia» después que BBVA plantee seguir con la OPA si obtiene un 30% del Sabadell

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, se ha mostrado prudente después que el BBVA se plantee seguir con la oferta pública de adquisición (OPA) al Banco Sabadell, si obtiene al menos el 30% del banco, tras la autorización solicitada al regulador bancario de los Estados Unidos (SEC) para alinear plazos. «Por parte del Gobierno, como siempre hemos hecho, prudencia en cuanto a las decisiones que tomen las entidades en lo relativo a esta operación. Nosotros participamos en el momento en el que nos correspondía por habilitación de la ley, y lo hicimos para proteger el interés general», ha dicho, en una entrevista este viernes en Catalunya Ràdio, recogida por Europa Press.

Ha señalado que «ahora le corresponde a las entidades y, en última instancia, a los propios accionistas» tomar la decisión, y que la intervención del Gobierno ya se ha producido de forma proporcional y para proteger, especialmente, los intereses de los trabajadores y el interés general. Preguntado por si cree que el BBVA va a mejorar su oferta, ha dicho que no le corresponde especular, pero que estarán siguiendo los acontecimientos, y ha sostenido que lo que no cambiará es la protección de los intereses de los trabajadores.

Sobre los efectos que tenga finalmente en el sistema bancario español, ha afirmado: «Haremos una valoración en su momento cuando tengamos toda la información. Lo que no va a cambiar es precisamente la protección de los intereses de trabajadores y de los clientes del Sabadell, puesto que de eso nos hemos encargado por parte del Gobierno». La Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos ha concedido tres dispensas solicitadas por BBVA relativas a la OPA sobre Banco Sabadell para alinear los plazos contemplados en las legislaciones que regulan el régimen de las ofertas públicas de valores en ambos países, según informó la entidad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Tres dispensas

Las tres dispensas permiten, como se describirá en el folleto de la operación, compatibilizar los plazos previstos en la normativa estadounidense con la normativa española respecto a la entrada en vigor del folleto americano y la posibilidad de renuncia a la condición de aceptación mínima, de conformidad con el régimen establecido por el Real Decreto 1066/2007.

La tercera dispensa permite alinear plazos si se produce un ajuste de la contraprestación contemplado en la oferta y derivado de un eventual pago de dividendo por parte de Banco de Sabadell durante el período de aceptación.

En su misiva a la SEC, BBVA explica que renunciará a la condición de aceptación mínima únicamente si el número de acciones de Banco Sabadell ofrecidas y no retiradas en la oferta permite a BBVA adquirir al menos el 30% de los derechos de voto de las acciones de Banco Sabadell al final del plazo de aceptación.

De acuerdo con la legislación española, BBVA estará obligado a lanzar una OPA obligatoria en el plazo de un mes tras la liquidación de la oferta si adquiere acciones de Banco Sabadell que representen el 30% o más (pero menos del 50%) de los derechos de voto de Banco Sabadell tras la finalización de la oferta. El folleto de la oferta informará de que BBVA puede renunciar a la condición de aceptación mínima, describirá el procedimiento para renunciar a dicha condición según la legislación española y analizará en detalle el posible impacto de la renuncia a esta condición.

Las condiciones impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la autorización del Consejo de Ministros someten a BBVA y Banco Sabadell a determinados compromisos y limitaciones, y el folleto de la oferta advertirá a los accionistas de que no ofrezcan sus acciones de Banco Sabadell si su disposición a participar en la operación se viera afectada por una exención de la condición de aceptación mínima. La condición de aceptación mínima que ha fijado BBVA para su OPA sobre Banco Sabadell es obtener el respaldo de al menos el 50,1% del capital social del banco catalán. Se trata de un umbral estándar en operaciones de adquisición para garantizar el control mayoritario de la sociedad.

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