Ya es oficial: también podrán jubilarse antes de tiempo y sin perder dinero de la pensión los trabajadores que cumplan este requisito

Las últimas reformas que se han venido aplicando sobre el sistema de pensiones en España buscan fundamentalmente el garantizar su sostenibilidad a medio y largo plazo de unos de los pilares del Estado de Bienestar de nuestro país.

En la práctica esto se traduce en un refuerzo de las medidas que animan a los ciudadanos a prolongar su vida laboral y retrasar la jubilación lo máximo posible, pero dentro de este marco general todavía existen algunas profesiones que, por las características extremas de su trabajo, conservan la posibilidad de retirarse antes sin que se les aplique penalización alguna en el cálculo de la pensión.

Entre ellas se encuentran los mineros, la Guardia Civil, la Policía Nacional o los bomberos de las administraciones públicas.

Ahora a este listado se ha sumado un colectivo que llevaba años reclamando el mismo trato: los bomberos forestales. La novedad se ha hecho oficial tras la aprobación por parte del Consejo de Ministros de un real decreto que desarrolla la Ley 5/2024 y que por fin concreta cómo se aplicará el llamado coeficiente reductor.

Desde el punto de vista práctico esta norma reconoce que el trabajo de los bomberos forestales entra dentro de los considerados “penosos, tóxicos, peligrosos o insalubres” y les permite anticipar su jubilación hasta cinco años antes, e incluso seis si acreditan 35 años de servicio efectivo. El requisito mínimo para acceder a esta ventaja es haber trabajado al menos 15 años en la categoría, lo que se traduce en una rebaja real de tres años en la edad de jubilación.

El mecanismo se articula a través de un coeficiente reductor del 0,20 por cada año trabajado, exactamente igual al que se aplica desde 2008 a los bomberos urbanos. Con todo se mantienen el límite de que la jubilación nunca va a poder adelantarse por debajo de los 60 años salvo que se acrediten esos 35 o más años cotizados, en cuyo caso la edad mínima se sitúa en 59.

Un detalle importante que marca la diferencia es que el tiempo de reducción computa como cotizado, lo que significa que quienes se acojan a esta jubilación anticipada no verán rebajada la cuantía final de su pensión. Ademá la aplicación será automática: será el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien realice el ajuste de oficio cuando el trabajador solicite su pensión, sin necesidad de trámites añadidos.

El decreto llega en paralelo a la estabilización laboral de las Brigadas de Refuerzo de Incendios Forestales (BRIF), dependientes de la empresa pública Tragsa y tras un verano en el que los incendios han vuelto a situar la importancia de este colectivo en primera línea.

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