El jefe de senadores nacionales del PRO, Alfredo De Angeli, aseguró esta tarde que el espacio no acompaña el pliego del juez Ariel Lijo para integrar la Corte Suprema. También incluyó al otro nombramiento realizado por el Gobierno, el abogado Manuel García Mansilla.
«La mayoría del bloque va a ir en contra del pliego de Lijo», dijo De Angeli a la salida del encuentro de la mesa chica del PRO, que encabezó el expresidente Mauricio Macri en la sede nacional del partido en la ciudad de Buenos Aires.
Mauricio Macri no acompañará la designación de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla
Sobre García Mansilla, el dirigente de Entre Ríos resaltó que su dictamen ni siquiera tiene las firmas para ser discutido en el recinto de la Cámara alta: «Va a haber un gran debate dentro del Senado. Lo tengo que hablar con los integrantes del bloque«.
El expresidente y titular del partido, Mauricio Macri, no dio declaraciones a la prensa que acercó. Del encuentro participaron las principales espadas del partido amarillo, pero con algunas ausencias por cuestiones de agenda.
Además de Macri y De Angeli, estuvieron los diputados nacionales Cristian Ritondo y Diego Santilli, los intendentes Guillermo Montenegro y Soledad Martínez; además de Fernando de Andreis y Facundo Pérez Carletti.
Vale aclarar que el PRO se encuentra a la expectativa y en permanente negociación con La Libertad Avanza para allanar el camino hacia un acuerdo, de cara a las elecciones 2025. Sin embargo, Macri sabe que el asesor presidencial, Santiago Caputo, tiene gran injerencia, al igual que la secretaria general de la presidencia y hermana del Presidente, Karina Milei. La Ciudad será un gran frente de batalla entre ambos espacios.
Por ahora no se avisora un nuevo encuentro entre Macri y Milei, con el fin de descomprimir cualquier tensión.
Este miércoles, el presidente Javier Milei avanzó por decreto con las designaciones de Lijo y García Mansilla para ocupar las vacantes en la Corte Suprema, luego de haberlo avisado ayer mediante un comunicado que fue objetado por casi todo el arco político opositor.
El decreto destaca que el tribunal supremo cuenta actualmente con solo tres ministros, lo que complica su funcionamiento y la toma de decisiones, dado que se requieren al menos tres votos para resolver los casos.
También argumenta que el Senado no trató los pliegos enviados en mayo de 2024 y que, tras el receso legislativo y la finalización del período de sesiones extraordinarias, el Ejecutivo decidió avanzar con la designación en comisión, amparándose en el artículo 99, inciso 19 de la Constitución.
Las vacantes que se esperan que ocupen Lijo y García Mansilla se generaron, tras la renuncia de Elena Highton de Nolasco, en 2021, y la de Juan Carlos Maqueda, en diciembre de 2024.
El decreto establece que los jueces designados deberán prestar juramento y asumir sus cargos en la Corte Suprema. Aclara que la medida estará vigente hasta que el Senado se expida sobre sus pliegos de manera definitiva.
Corte Suprema: presentan amparo para suspender la designación de los dos nuevos jueces
El Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) solicitó una medida cautelar interina para que se suspenda la toma de juramento de los jueces Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema, por ser nombrados vía decreto, sin aval del Senado.
Además, la asociación promovió una acción de nulidad e inconstitucionalidad del decreto 137/2025 del Poder Ejecutivo que autorizaba dicha designación. En paralelo, solicitaron que la acción se inscriba en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema.
Al momento de argumentar su pedido, la CEPIS explicó en un comunicado: «El dictado del decreto 137/2025 demuestra la vulneración de principio de no concentración de poder, carece de la debida fundamentación y resulta desproporcionada la relación de la situación alegada con el daño institucional que genera».
Según la ONG, esta circunstancia «evidencia la arbitrariedad e inconstitucionalidad del mismo, asumiendo el Poder Ejecutivo facultades que le son regladas al poder legislativo en la búsqueda de consensos y control cruzado de facultades y deberes. En definitiva, arrogándose el Poder Ejecutivo, facultades vedadas por la Constitución Nacional».
Entre otros aspectos, se habló de una «acción que lesiona con arbitrariedad manifiesta la garantía de independencia prevista en el artículo 18 de la Constitución Nacional».
Finalmente, la Asociación Civil en su presentación, indicó: «Estas disposiciones establecen los contenidos mínimos para que el sistema de administración de justicia sea independiente de los demás poderes del Estado y para que los jueces, fiscales y defensores puedan desempeñar con libertad la delicada misión que les ha sido asignada, sin interferencias políticas, y protegidos de cualquier presión, ataque o persecución».